Mucha gente piensa que pierden la exención fiscal sobre las ganancias de capital de su vivienda tan pronto como se mudan antes de que la vivienda se venda. Afortunadamente, no siempre es así.
Para la agencia tributaria española, una vivienda se considera residencia principal cuando se ha utilizado efectivamente como domicilio durante un mínimo de tres años. ¿Te mudas a otra vivienda y solo vendes tu antigua vivienda más tarde? Entonces la exención aún puede ser aplicable.
Una condición importante es que la venta se realice dentro de los dos años posteriores a que abandones la vivienda. Incluso si ya no vives en ella en el momento de la venta, la vivienda aún puede considerarse como la vivienda principal a efectos fiscales.
Es importante que puedas demostrar cuándo se produjo la mudanza y que la vivienda fue tu residencia principal antes de ella. Hacienda puede pedir pruebas de esto.
En resumen: mudarse antes de vender no significa automáticamente que pierda la exención fiscal. El momento adecuado y una buena justificación son esenciales.
¿Dudas si tu situación cumple los requisitos? No dudes en contactarnos. Con gusto te ayudaremos a evitar sorpresas en tu declaración de impuestos española.